Tres policías fueron condenados por la violenta detención de Emanuel Agudo, un joven con Síndrome de Down, el hecho ocurrió en Abril de 2024.
En la Cámara Primera en lo Criminal, el juez Rodolfo Lineras condenó a Nélida Lorena Rojas como coautora penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad personal cometida por funcionario público, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer la función policial por seis años; a Julio Ricardo Rivero como coautor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por abuso de la función policial y privación ilegal de la libertad personal cometida por funcionario público en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer la función policial por seis años, con costas por aplicación del principio de la derrota y a Rubén Maximiliano Ponce, como coautor penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por abuso de la función policial y privación ilegal de la libertad personal cometida por funcionario público en concurso ideal, a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional e inhabilitación especial para ejercer la función policial por seis años, con costas por aplicación del principio de la derrota.
Los abogados, César Collado y Rodrigo Merele, defensores de los efectivos de la Policía de Chaco, manifestaron que apelarán la sentencia y consideraron inédito «que se condene a tres efectivos policiales por el simple y sencilla razón de hacer su trabajo».
Por su parte, Ramiro Cabañas destacó primero la valentía de Emanuel y su familia por denunciar a funcionarios públicos «que no es nada fácil» y segundo «que todas las situaciones jurídicas y fácticas que se han planteado en la sala del tribunal se han demostrado como así también, la existencia de una acción típica, antijurídica y culpable y del hecho violento y agresivo de la detención contra Emanuel. Se ha trabajado y mucho, para demostrar que esta fue una detención violenta, arbitraria y por fuera de la ley».

El letrado remarcó que esto generó dos precedentes fundamentales «uno que Emanuel ha sido participe del primer caso en el país donde una persona con Síndrome de Down, se ha constituído como querellante y segundo, que este tipo de hechos debe ser condenado; el funcionario público que actúa por fuera de la ley debe responder por su accionar».
Finalmente el abogado manifestó estar conforme con la sentencia y que una vez que lea los fundamentos, hablará con la familia Agudo para determinar si es procedente o no apelar la sentencia.

